El Consejo de Ministros ha aprobado un Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005 para fortalecer las medidas contra el tabaquismo y regular productos relacionados con el tabaco. Esta reforma busca proteger la salud pública, especialmente de los jóvenes, y responde a cambios en los patrones de consumo. La nueva normativa incluye definiciones y regulaciones específicas para productos como cigarrillos electrónicos y bolsitas de nicotina, equiparándolos legalmente al tabaco convencional. Se prohíbe su uso en espacios públicos cerrados y se amplían las restricciones a entornos exteriores. Además, se establece una prohibición total de publicidad y promoción de estos productos. El Anteproyecto también reinstaura el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo y actualiza el régimen sancionador para adaptarse a estas nuevas medidas.
Madrid, 9 de septiembre de 2025. El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005, centrada en medidas sanitarias contra el tabaquismo. Esta iniciativa busca reforzar la protección de la salud pública y adaptar la legislación a los cambios en los patrones de consumo y en el mercado de productos relacionados con el tabaco. La reforma se inscribe dentro del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y responde tanto a evidencias científicas acumuladas como a sugerencias recogidas durante un proceso de consulta pública.
Entre las nuevas disposiciones, se incluyen medidas para fortalecer la prevención y proteger a los colectivos más vulnerables, especialmente a los jóvenes. Además, se busca ofrecer mayor claridad jurídica ante la proliferación de nuevos productos relacionados con el tabaco que hasta ahora carecían de una regulación específica.
Uno de los elementos clave del Anteproyecto es la definición y regulación específica para productos asociados al tabaco. Estos artículos han visto un aumento significativo en su consumo, sobre todo entre la población joven. Aunque no siempre contienen tabaco o nicotina, están vinculados al acto de fumar o inhalar, incrementando así el riesgo de adicción al tabaco convencional. Entre estos productos se encuentran:
Estos artículos estarán sujetos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional. Esto incluye:
La equiparación legal busca proporcionar una respuesta uniforme desde la perspectiva de salud pública, considerando los efectos similares que estos productos tienen sobre consumidores y entorno. Asimismo, se introducen nuevas prohibiciones basadas en evidencia científica y demanda social:
Todas estas medidas están alineadas con los objetivos del Plan Europeo contra el Cáncer, que busca reducir drásticamente la prevalencia del tabaquismo antes del año 2040.
El Anteproyecto también modifica significativamente las normas sobre publicidad, promoción y patrocinio relacionadas con productos del tabaco. Se establece una prohibición total sobre cualquier forma publicitaria directa o indirecta en medios impresos, digitales o redes sociales. Además, queda prohibido patrocinar actividades culturales o deportivas por empresas vinculadas al sector del tabaco.
Por otro lado, se restablece el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo como un órgano coordinador interadministrativo encargado del seguimiento de políticas públicas relacionadas con esta problemática. Su creación responde a la necesidad urgente de fortalecer la gobernanza tras su supresión en 2014.
El texto aprobado también actualiza el régimen sancionador existente, adaptando infracciones y responsabilidades a las nuevas medidas establecidas. Se contempla un periodo transitorio de 12 meses para permitir a los fabricantes ajustar sus productos al nuevo marco legal y agotar existencias existentes de cigarrillos electrónicos desechables.
Cifra | Descripción |
---|---|
2005 | Año de la ley anterior (Ley 28/2005) |
2024-2027 | Período del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo |
12 meses | Plazo transitorio para adaptación a la nueva ley |
2040 | Objetivo de reducción de prevalencia del tabaquismo |
El objetivo es reforzar la protección de la salud de la población y adaptar la normativa a los cambios en los patrones de consumo y en el mercado de productos relacionados con el tabaco.
Se incluyen cigarrillos electrónicos, bolsitas de nicotina para uso oral, productos a base de hierbas utilizados para fumar o inhalar, y dispositivos para el consumo de productos calentados.
Estos productos estarán sujetos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional, incluyendo prohibiciones en espacios públicos cerrados y una lista ampliada de entornos exteriores.
Se prohíbe expresamente el consumo de tabaco y productos relacionados por parte de menores, así como su venta y suministro.
La ley prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio directa o indirecta de productos del tabaco y productos relacionados en cualquier medio de comunicación.
Es un órgano de coordinación interadministrativa para el seguimiento de políticas públicas en materia de tabaquismo, restablecido para fortalecer la gobernanza y evaluación en esta lucha.
Se prohíbe la venta y suministro de cigarrillos electrónicos desechables, así como fumar en más espacios públicos, incluyendo exteriores de centros educativos y sanitarios.